“Las más de 40 empresas españolas presentes en el 19,7% del sector energético mexicano veían amenazado el 50% de su negocio.
A su vez las empresas estadounidenses y canadienses podían haber denunciado a México de incumplir los arts. 14.1, 14.6 y 22.8 que hablan de inversión.
Aunque el art. 8.1 del TMEC establece el reconocimiento del dominio directo y la propiedad inalienable e imprescindible de México de los hidrocarburos.
Asimismo, el art. 8.1.2(a) del TMEC precisa que México se reserva su derecho soberano de reformar su Constitución y su legislación interna. Así también, el art. 8.1.2(b) subraya que México tiene el dominio directo y la propiedad inalienable e imprescriptible de todos los hidrocarburos en el subsuelo del territorio nacional, incluida la plataforma continental y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico, de conformidad a la CPEUM”.
Analiza José Ignacio Martínez Cortes Coordinador de LACEN-UNAM y profesor del CRI-FCPyS en La Razón.
https://www.larazon.es/economia/20220418/7zukrbminzavlnizmai72zzeqe.html